lunes, 8 de noviembre de 2010

APUNF ADHIRIÓ AL PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE ABUSO SEXUAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS

Estas son algunas de las noticias que publicaron los medios (el once digital y radio la voz) sobre la adhesión de las ongs al protocolo de prevención de abuso sexual infantil que elaboro nuestra provincia


Reunión con el ministro Giano
Organizaciones No Gubernamentales adhirieron al protocolo de abuso sexual infantil

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[22/10/2010 | 12:30 ] - Organizaciones No Gubernamentales de distintas localidades entrerrianas adhirieron al protocolo de abuso sexual, único existente en el país, y que organismos del Poder Ejecutivo y Judicial provincial han establecido como normativa de procedimiento común en el marco de la Mesa de Fortalecimiento Familiar creada por el gobernador Sergio Urribarri en 2008.
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En el despacho del ministro de Salud, Angel Giano, se reunieron el defensor del Superior Tribunal de Justicia, Maximiliano Benitez; la secretaria de Justicia y Derechos Humanos, Lucila Haidar; la Vicepresidenta del Consejo de la Niñez, Adolescencia y Familia, Susana Gabini y la representante del INADI, Cristina Ponce, con representantes de ONG´s que trabajan en defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes, quienes firmaron la adhesión al Protocolo de abuso sexual infantil de la provincia.

“El trabajo entre todos los que integramos esta mesa ha sido sostenido y por ello a la fecha tenemos este protocolo que hoy es el producto de haber debatido y considerado los múltiples aspectos que tiene esta problemática social, al igual que la reglamentación de la Ley de Violencia Familiar”, manifestó el ministro Angel Giano, y agregó: “Las organizaciones no gubernamentales son las que nos dan el anclaje con la realidad y permiten cumplir con mayor certeza esta tarea por eso estamos satisfechos con lo realizado pero sabemos que estos son los primeros pasos ya que estamos trabajando en la prueba piloto en Concordia y Paraná”.

Integrantes de organizaciones no gubernamentales de la provincia firmaron un acta de adhesión al protocolo de abuso sexual infantil que fuera aprobado mediante decreto Nº 2405, durante un encuentro efectuado en el despacho del ministro de Salud, Angel Giano.

El ministro indicó que en el protocolo de abuso sexual infantil “se ha puesto especial énfasis en dejar por escrito el trabajo interinstitucional, para construir una política de Estado que se mantenga en el tiempo y en las intervenciones y prevención de estas problemáticas” y especificó que la mesa fue creada “por el gobernador Sergio Urribarri en 2008 con un criterio de trabajo interdisciplinario por lo que está conformada por el Superior Tribunal de Justicia; el Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia; el Consejo General de Educación; la Policía de Entre Ríos; la Defensoría General de Justicia; y la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos”.

Giano señaló que “el trabajo entre todos los que integramos esta mesa ha sido sostenido y por ello a la fecha tenemos no sólo el protocolo sino además las adhesiones” y por ello destacó la firma del acta de adhesión al protocolo “por parte de organizaciones no gubernamentales demostrando que en todas las acciones que efectuamos desde el Gobierno provincial, hay intervención de la sociedad civil”.

El acta de adhesión fue rubricada por la Asociación Civil Red de Alerta contra el Abuso y la Explotación Sexual; Asociación Civil por una nueva familia (Crespo); Por Nuestros Niños (Rosario del Tala); Asamblea de Prevención contra el Abuso Infantil `Con los Gurises No´ (Urdinarrain); Asociación Amigos Termas de Entre Ríos; Central de Trabajadores Argentinos (CTA) Paraná; Brazos del Paraná; Mujeres en Acción (Concepción del Uruguay); Club Madres y Abuelas de Barrio Belgrano y Cooperativa de Trabajo Cultural de la Bajada. Cabe citar que en la misma se deja abierta la posibilidad de participación de otras organizaciones.
Fuente: (RADIO LA VOZ)





Organizaciones no gubernamentales adhirieron al protocolo de abuso sexual infantil
Organizaciones no gubernamentales de distintas localidades entrerrianas adhirieron al protocolo de abuso sexual, único existente en el país y que organismos del Poder Ejecutivo y Judicial provincial establecieron como normativa de procedimiento común.
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En el despacho del ministro de Salud, Angel Giano, se reunieron el defensor del Superior Tribunal de Justicia, Maximiliano Benitez; la secretaria de Justicia y Derechos Humanos, Lucila Haidar; la Vicepresidenta del Consejo de la Niñez, Adolescencia y Familia, Susana Gabini y la representante del INADI, Cristina Ponce, con representantes de ONG´s que trabajan en defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes, quienes firmaron la adhesión al Protocolo de abuso sexual infantil de la provincia. “El trabajo entre todos los que integramos esta mesa ha sido sostenido y por ello a la fecha tenemos este protocolo que hoy es el producto de haber debatido y considerado los múltiples aspectos que tiene esta problemática social, al igual que la reglamentación de la Ley de Violencia Familiar” manifestó el ministro Angel Giano, y agregó “las organizaciones no gubernamentales son las que nos dan el anclaje con la realidad y permiten cumplir con mayor certeza esta tarea por eso estamos satisfechos con lo realizado pero sabemos que estos son los primeros pasos ya que estamos trabajando en la prueba piloto en Concordia y Paraná”
Integrantes de organizaciones no gubernamentales de la provincia firmaron un acta de adhesión al protocolo de abuso sexual infantil que fuera aprobado mediante decreto Nº 2405, durante un encuentro efectuado en el despacho del ministro de Salud, Angel Giano.
El ministro indicó que en el protocolo de abuso sexual infantil “se ha puesto especial énfasis en dejar por escrito el trabajo interinstitucional, para construir una política de Estado que se mantenga en el tiempo y en las intervenciones y prevención de estas problemáticas” y especificó que la mesa fue creada “por el gobernador Sergio Urribarri en 2008 con un criterio de trabajo interdisciplinario por lo que está conformada por el Superior Tribunal de Justicia; el Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia; el Consejo General de Educación; la Policía de Entre Ríos; la Defensoría General de Justicia; y la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos”.
Giano señaló que “el trabajo entre todos los que integramos esta mesa ha sido sostenido y por ello a la fecha tenemos no sólo el protocolo sino además las adhesiones” y por ello destacó la firma del acta de adhesión al protocolo “por parte de organizaciones no gubernamentales demostrando que en todas las acciones que efectuamos desde el Gobierno provincial, hay intervención de la sociedad civil”.
El acta de adhesión fue rubricada por la Asociación Civil Red de Alerta contra el Abuso y la Explotación Sexual; Asociación Civil por una nueva familia (Crespo); Por Nuestros Niños (Rosario del Tala); Asamblea de Prevención contra el Abuso Infantil Con los Gurises No (Urdinarrain); Asociación Amigos Termas de Entre Ríos; Central de Trabajadores Argentinos (CTA) Paraná; Brazos del Paraná; Mujeres en Acción (Concepción del Uruguay); Club Madres y Abuelas de Barrio Belgrano y Cooperativa de Trabajo Cultural de la Bajada. Cabe citar que en la misma se deja abierta la posibilidad de participación de otras organizaciones.

lunes, 16 de agosto de 2010

convocatoria por la igualdad de genero

INADI -ENTRE RIOS Y FORO POR LOS DERECHOS DE LAS MUJERES
CONVOCAN
1º REUNION EN DEFENZA DE LA EQUIDAD DE GENERO EN ENTRE RIOS
MARTES 17 DE AGOSTO A LAS 18 HS
en la sede de INADI- 25 de mayo 114
Invitamos a todas las mujeres de partidos politicos, sindicatos, entidades empresariales, organizaciones civiles, vecinales e independientes a la 1º reunion para defender la EQUIDAD DE GENERO EN ENTRE RIOS, con el objetivo de articular estrategias y acciones para rechazar el proyecto de diputados, que viola el art. 17 de la Constitucion provincial (CP) donde se consagra la equidad de genero (50 % de mujeres y 50 % de varones en las listas electorales).-
Unidas todas la mujeres de diferentes sectores, logramos en la reforma de nuestra constitución la incorporacion de nuestros derechos, entre ellos la equidad de genero y la igualdad de oportunidades. Hoy la Cámara de diputados/as da marcha atrás, y nos humilla violando un derecho adquirido al sancionar un misero cupo del 25 % para la mujeres.
Por tal motivo, convocamos en forma URGENTE a todas las mujeres para luchar contra este despojo y exigir que se respete la EQUIDAD DE GENERO del art. 17 de la CP, y por el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres adquiridos.
Cristina Ponce por INADI - ENTRE RIOS
Lucy Grimalt por Foro por la Mujeres
Alicia Genolet - Docente fac. Trabajo Social
Adjuntamos 2 fotos de historica marcha -marzo 2006 -

ARTÍCULO 17

Se garantiza la igualdad real de oportunidades y de trato para mujeres y

varones en el pleno y efectivo ejercicio de los derechos que fueren reconocidos

en el ordenamiento jurídico. Una política de Estado prevendrá en forma

continua todo tipo de violencia y dispondrá acciones positivas para corregir

cualquier desigualdad de género.

Adopta el principio de equidad de género en todos los órdenes, eliminando de

sus políticas públicas cualquier exclusión, segregación o discriminación que se

le oponga. Asegura a la mujer la igualdad real de oportunidades para el acceso

a los diferentes estamentos y organismos del Estado Provincial, Municipal y

Comunal.

Establece y sostiene la equidad de género en la representación política y

partidaria y en la conformación de candidaturas con probabilidad de resultar

electas. Promueve el acceso efectivo de la mujer a todos los niveles de

participación, representación, decisión y conducción de las organizaciones de

la sociedad civil. Reconoce el valor social del trabajo en el ámbito del hogar.


domingo, 15 de agosto de 2010

noticias!!!

ELABORARON PROTOCOLO PARA PROCEDER ANTE CASOS DE ABUSO SEXUAL CONTRA MENORES

6 Ago| El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la Provincia y la Defensoría General del Poder Judicial participaron en la Mesa de Fortalecimiento Familiar que elaboró el Protocolo de Actuación que tiene por principal objeto evitar la revictimización de niños, niñas y adolescentes víctimas de abusos y violaciones, preservar la prueba y asegurar las garantías procesales de víctimas e imputados.

El Protocolo Interconstitucional de Actuación en casos de abuso Sexual Infantil se firmó en Concordia ayer y fue aprobado hoy en el seno del STJ de Entre Ríos, en reunión de Acuerdo General Nº 22/10, y se encuentra vigente desde el 1º de agosto.

Dicho Protocolo fue elaborado por la Mesa de Fortalecimiento Familiar que funciona en la provincia desde el año 2008. Está integrada por representantes del STJER, la Defensoría General del P. Judicial, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Gobierno, el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (COPNAF), el Consejo General de Educación (CGE), la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, la Policía de Entre Ríos, y organizaciones de la sociedad civil.-

Contiene información pormenorizada acerca de los consensos a los que se ha arribado con relación a las acciones que deben desarrollarse en forma conjunta y coordinada, en los casos en que se presentan niños, niñas o adolescentes que han sido abusados sexualmente.

Dichas acciones se rigen por el interés superior del niño o niña, y tienen como objetivo evitar su revictimización, y promover redes de trabajo interdisciplinar e interinstitucional, asegurando el cumplimiento de las garantías procesales de la víctima y el acusado, y la preservación de la prueba.

Apoyado en normativas vigentes a nivel nacional, internacional y provincial que específicamente se explicitan, este Protocolo, aporta elementos para determinar fehacientemente el grado de urgencia y vulnerabilidad de las víctimas en los casos que se presentan, y determina pormenorizadamente las competencias de las áreas participantes, estableciendo con claridad el circuito que debe recorrer una denuncia por abuso sexual infantil.-

Además de las vías de denuncia hasta ahora existentes –como son la Policía o la Fiscalía en turno-, este Protocolo establece que el hecho puede ser puesto en conocimiento de las autoridades, por la víctima, o sus representantes legales, o por las instituciones públicas que lo detecten, ante el Ministerio Pupilar, organismo éste que debe dar intervención a la Fiscalía, y ésta a su vez, al Juez.

A las víctimas menores de edad se les recibirá declaración en Cámara Gesell, y se trabajará en conjunto con el COPNAF, y con la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima.-

A su vez, el Protocolo de referencia, contiene un apartado especial que prevé los Protocolos Internos de actuación, de cada una de las entidades gubernamentales que participan, con referencias explícitas acerca de competencia, derivación, y articulación.

Aimismo, incluye una ficha con datos exhaustivos que deberá conformar el médico interviniente, valiéndose de un Kit de Atención que a los efectos se proveerá, y que contiene: una bolsa o un sobre de papel Manila para la ropa de la víctima; una hoja de papel del largo de la camilla para que sobre él se practique el desvestido a fin de recoger eventuales pruebas que se preservarán con el prolijo doblado de dicha hoja; anticoncepción de emergencia para suministrar a niñas que hayan menstruado; y un ejemplar del Protocolo de Abuso.

sábado, 14 de agosto de 2010

Comunicado de prensa del Foro por los derechos de las mujeres

COMUNICADO DE PRENSA.
EL FORO POR LOS DERECHOS DE LAS MUJERES denuncia la grave violación a los derechos de las mujeres en Entre Ríos perpretada por la Cámara de Diputados de Entre Ríos este miercoles 11 de agosto de 2010 al votar en forma unánime la media sancion de un proyecto de ley que establece un cupo del 25 % de personas del mismo sexo para cargos electivos, en un claro avasallamiento del Art. 17 de la Nueva Constitución de Entre Ríos que establece el principio de EQUIDAD DE GENERO.
La equidad de genero solo puede tener un sola interpretación: que las listas de cargos electivos, deben conformarse con un 50 % de varones y un 50 % de mujeres, toda otra interpretación vulnera derechos adquiridos por las mujeres entrerrianas a partir de la entrada en vigencia de la constitución de Entre Ríos reformada en 2008.
Es indignante que diputadas y diputados que fueron elejidas y elejidos por el pueblo, burlen el Art. 17 de la Constitución que consagra derechos para las mujeres entrerrianas.
Esta politica vergonzosa de cercenar derechos votando un texto que va contra la carta magna provincial, no va a impedir que en elecciones del 2011 las listas para cargos electivos esten conformadas por un 50 % de mujeres.
SEÑORES DIPUTADOS Y SEÑORAS DIPUTADAS SI USTEDES NO RESPETARON LA CONSTITUCION PROVINCIAL, NOSOTRAS LAS MUJERES VAMOS A HACERLA CUMPLIR EN TODA SU EXTENSION.
EL PRINCIPIO DE EQUIDAD DE GENERO OTORGA EL DERECHO A LAS MUJERES ENTRERRIANAS DE PARTICIPAR EN UN 50 % EN LAS LISTAS A CARGOS ELECTIVOS PROVINCIALES A PARTIR DE LAS PROXIMAS ELECCIONES DE 2011.
SERA JUSTICIA.
Por Foro de las mujeres escribió Lucy Grimalt
ARTÍCULO 17 DE LA CONST. DE ENTRE RIOS
Se garantiza la igualdad real de oportunidades y de trato para mujeres y varones en el pleno y efectivo ejercicio de los derechos que fueren reconocidos en el ordenamiento jurídico. Una política de Estado prevendrá en forma continua todo tipo de violencia y dispondrá acciones positivas para corregir cualquier desigualdad de género.
Adopta el principio de equidad de género en todos los órdenes, eliminando de sus políticas públicas cualquier exclusión, segregación o discriminación que se le oponga. Asegura a la mujer la igualdad real de oportunidades para el acceso a los diferentes estamentos y organismos del Estado Provincial, Municipal y
Comunal.
Establece y sostiene la equidad de género en la representación política y partidaria y en la conformación de candidaturas con probabilidad de resultar electas. Promueve el acceso efectivo de la mujer a todos los niveles de participación, representación, decisión y conducción de las organizaciones de la sociedad civil. Reconoce el valor social del trabajo en el ámbito del hogar.
texto de la media sancion -Fuente radio La Voz -
[11/08/2010 | 14:50 ] - La Cámara de Diputados de la provincia avanzó sobre la reglamentación del Artículo 17° de la Constitución entrerriana; La iniciativa contempla una relación de tres a uno en la conformación de las nóminas de candidatos; En tanto, establece que producida una vacante, se cubrirá por un candidato del mismo género que siga en el orden de la lista.
En forma unánime, la Cámara baja entrerriana brindó media sanción al proyecto de ley que establece el principio de equidad de género en la representación política y partidaria y en la conformación de candidaturas con probabilidad de resultar electas. El texto tuvo origen en la iniciativa presentada por las diputadas Alicia Haidar (PF –Diamante), Lidia Nogueira (PF – La Paz), Patricia Díaz (PF – La Paz), Ana D´Angelo (EA – Paraná) y Mirta Alderete (UCR – Federación).
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS SANCIONA CON FUERZA DE LEY.

Art. 1º.- Establécese para la Provincia de Entre Ríos el principio de equidad de género en la representación política y en la conformación de candidaturas con probabilidad de resultar electas.


Art. 2°.- El principio consagrado en el artículo anterior deberá observarse obligatoriamente en toda lista de candidaturas electivas para desempeñar cargos representativos en órganos deliberativos previstos constitucionalmente.


Art 3º.- Toda lista de candidatos a cargos electivos provinciales y comunales presentada para su oficialización por un partido político o alianza política habilitado por la Justicia Electoral, deberá contener un 25 % (veinticinco por ciento) de candidatos, como garantía mínima, por género.


Art 4º.- La Justicia Electoral que fiscalice los procesos electivos deberá desestimar la oficialización de toda lista de candidatos que se aparte del principio general establecido en el artículo anterior.

Si mediara incumplimiento, la Justicia Electoral deberá disponer -de oficio- el reordenamiento definitivo de la lista, para adecuarla a la presente ley.


Art. 5º.- A los fines de garantizar a los candidatos de ambos géneros una equitativa posibilidad de resultar electos, la participación establecida en el artículo 3º deberá respetar el siguiente orden de inclusión, a saber:

a) las listas de candidatos titulares y suplentes deberán efectuar la postulación en forma alternada, es decir intercalando como mínimo uno (1) de un género por cada tramo de cuatro (4) candidaturas.

b) cuando las listas de candidatos tuvieren un remanente una vez cumplido el procedimiento previsto en el artículo anterior, los cargos restantes podrán ser cubiertos indistintamente.

c) cuando se convoque para elegir un (1) sólo cargo deliberativo, el candidato podrá ser indistintamente de cualquier género.


Art. 6º.- Producida una vacante, se cubrirá en forma inmediata y en primer término, por un candidato del mismo género que siga en el orden establecido en la lista oficializada por la Justicia Electoral, y este suplente completará el período del titular al que reemplace.


Art. 7º.- Modifícase la Ley Nro. 2.988 en su Artículo 75º que quedará redactado de la siguiente forma: “La lista de candidatos para la elección de diputados deberá contener treinta y cuatro (34) titulares e igual cantidad de suplentes, asignando como mínimo un veinticinco por ciento (25%) de candidatos por género que deberán ubicarse intercalando como mínimo uno por cada tramo de cuatro (4) candidaturas”.


Art. 8º.- Modifícase la Ley Nro. 2.988 en su Artículo 76º que quedará redactado de la siguiente forma: “La lista de candidatos a senadores provinciales se integrará por un candidato titular y uno suplente, pudiendo cubrirse indistintamente en cuanto al género refiere”.


Art. 9º.- Modifícase la Ley Nro. 2.988 en su Artículo 93º que quedará redactado de la siguiente forma: “La lista de candidatos a Convencionales Constituyentes de la Provincia de Entre Ríos se compondrá de un número de miembros titulares igual al de la totalidad de senadores y diputados provinciales e igual número de suplentes; quienes serán elegidos en distrito único, respetando la designación de un veinticinco por ciento (25%) como mínimo de candidatos por género que deberán ubicarse intercalando al menos uno por cada tramo de cuatro (4) candidaturas”.


Art. 10º.- Los partidos políticos, confederaciones y/o alianzas transitorias provinciales o comunales que tengan personería provincial, deberán adecuar sus respectivas normas internas para posibilitar la plena vigencia del régimen establecido por la presente ley.
Art. 11º.- La ley electoral rige para las comunas en todo en cuanto no se oponga a lo expresamente establecido en esta ley.

Art. 12º.- Derógase toda norma que se oponga a la presente ley.


Art 13º.- Comuníquese, etc.-
Fuente: (Radio La Voz)

jueves, 22 de julio de 2010

nota de pagina/12






“Hemos dado un paso más en las garantías y restitución de los derechos”, consideró la Presidenta ayer en el acto realizado en Casa de Gobierno y agregó que “la violencia contra la mujer es una batalla que hay que dar desde lo cultural”. (Página 12)



El decreto que firmó ayer la Presidenta reglamenta la ley 26.485, sancionada en 2009. La norma previene una multitud de casos y escenarios diversos, desde la violencia al negar un aborto legal hasta la difusión en medios de mensajes o determinadas imágenes.Los profesionales de la salud que no brinden el asesoramiento necesario para que una mujer pueda elegir si desea o no tener hijos y decidir el intervalo de los nacimientos, se resistan a proveer algún método anticonceptivo por sus convicciones religiosas o se nieguen a realizar un aborto no punible, incurrirán en la figura de “violencia contra la libertad reproductiva”.
Los medios de comunicación que difundan mensajes o imágenes que tiendan a perpetuar patrones sexistas de dominación masculina, o estimulen o fomenten la explotación sexual de las mujeres, o contengan prácticas discriminatorias a través de expresiones, juegos, competencias o avisos publicitarios, serán pasibles de sanciones por incurrir en situaciones de “violencia mediática”. Estos serían algunos de los puntos que incluiría el decreto reglamentario de la ley 26.485 para que “prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en se desarrollen sus relaciones interpersonales”, que hoy, según anunció el Consejo Nacional de las Mujeres, firmará la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.La norma, sancionada el 11 de marzo de 2009, tiene un potencial enorme. Si se instrumenta en su totalidad, podría tener un gran impacto para combatir las raíces del flagelo de la violencia machista, es decir, la discriminación que surge de las relaciones asimétricas de poder entre varones y mujeres. Por ahora su principal escollo es la falta de un presupuesto adecuado. El Consejo Nacional de las Mujeres, a cargo de Lidia Mondelo, es el órgano de aplicación de la norma. Pero para sentar las bases de la puesta en marcha de la ley 26.485 sólo tiene, hasta el momento, una partida de 1.985.768 dólares (alrededor de 7,7 millones de pesos) para dos años, hasta fines de 2011, en el marco de un programa acordado entre el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, que encabeza Alicia Kirchner, y la oficina local del Fondo de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). El mismo CNM tiene un presupuesto exiguo, de casi 6 millones de pesos en 2010.
Tal como ya informó Página/12, uno solo de los programas contra la violencia de género de la provincia de Buenos Aires –el de atención telefónica– tiene un presupuesto anual de 3 millones de pesos. El escaso presupuesto del CNM fue uno de los aspectos que cuestionaron la semana pasada, en Nueva York, ante el Comité de las Naciones Unidas que monitorea el cumplimiento de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw, por sus siglas en inglés), un grupo de ONG, entre ellas el CELS, Cladem, FEIM y Católicas por el Derecho a Decidir, en un documento alternativo al informe oficial presentado por el Gobierno. Aunque una parte de la ley, la que debe aplicar la Justicia, ya está vigente, otra parte requería reglamentación. El texto que se conocerá hoy fue consensuado a través de un largo proceso de consultas con especialistas de la Justicia, las ONG que trabajan en la temática, académicas y expertos involucrados con la problemática de la violencia de género.La ley tiene 45 artículos. Les ordena acciones a distintos ministerios y a los gobiernos provinciales y municipales. Significa un avance cualitativo con respecto a la legislación anterior nacional y provincial, que se limita a proteger a las mujeres de la violencia doméstica.

La ley 26.485 va más allá: contempla la violencia de género en sus diversas formas, física, sexual, simbólica y agrega la violencia económica y patrimonial, y psicológica. Y no sólo cuando ocurre en el ámbito intrafamiliar: también en los organismos públicos, los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil, y en los servicios de obstetricia, a través de un trato deshumanizado o por un abuso de medicalización en el marco de un parto, por ejemplo. También abarca la violencia mediática. E incluye la que atente contra la libertad reproductiva, que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre nacimientos. Obstruir el acceso a un aborto no punible fue definido por el CNM como una expresión de este último tipo de violencia. El CNM tiene que redactar un Plan Nacional de Acción para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, en el cual, según fuentes del organismo, ya están trabajando.

Los puntos principales
- Las acciones dispuestas en la ley alcanzan a los tres poderes del Estado y a todos los niveles de jurisdicción: nacional, provincial y municipal.
- Las denuncias se podrán realizar en cualquier tribunal del país, aunque no sea el fuero competente. Los jueces que reciban la denuncia serán los encargados de derivar la causa.
- Mientras no se encuentren en funcionamiento los servicios que aseguren acceso inmediato y gratuito al patrocinio jurídico, no se requerirá asistencia letrada para formular denuncias.
- Las comisarías deberán remitir a la Justicia las denuncias de violencia de género en un plazo de 24 horas.
- Los organizaciones de la sociedad civil y académicos serán convocadas a formar parte del Consejo Consultivo del CNM.
- La leyes de protección contra la violencia familiar no pierden

También tiene que elaborar una guía de servicios de atención de mujeres víctimas de violencia de todo el país, que tendrá que ser permanentemente actualizada. Deberán llevarse a cabo campañas de prevención, crear unidades especializadas en violencia en el primer nivel de atención y programas de reeducación destinados a los hombres que ejercen violencia.La ley se debe aplicar en todo el país, salvo las medidas de procedimiento judicial, que hasta que las provincias no aprueben su adhesión sólo son de cumplimiento en el ámbito porteño.

FUENTE: MARIANA CARBAJAL (Página 12)

COMUNICADO DE PRENSA DEL INADI

Ley de Violencia de Genero

Desde el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) Delegación Entre Ríos celebramos la reglamentación a la ley 26.485, de 'Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales', promulgada en marzo de 2009, puesto que es un gran avance a favor de la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra la mujer, ya que prevé y norma expresa y específicamente la violencia de género. La reglamentación de los 45 artículos de dicha ley fue presentada el día 19 de julio de 2010 por la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, que tuvo la participación de tres comisiones consultivas integradas por organizaciones sociales y sindicales, académicos, funcionarios judiciales, periodistas e integrantes de los ministerios y secretarias que actúan en el área de la violencia de género, sectores de la sociedad con claro interés en el reconocimiento de la violencia que sufren las mujeres de nuestro país, coordinadas por el Consejo Nacional de la Mujer, a cargo de la Dra. Susana Sanz, con el objetivo de interpretar, aclarar, integrar, concretar, desplegar, instrumentar, dar operatividad a sus distintas disposiciones. Según manifestó la Presidenta en el acto realizado en Casa de Gobierno, “hemos dado un paso más en las garantías y restitución de derechos”, y agregó que “la violencia contra la mujer es una batalla que hay que dar desde lo cultural”

Desde el Consejo Nacional de la Mujer, Perla Prigoshin, hizo hincapié en que en el proceso de reglamentación “no hubo modificaciones estructurales” a la ley sancionada en 2009. La legislación reglamentada avanza sobre la anterior ley a nivel nacional que protegía a las mujeres de la violencia doméstica y avanza sobre la violencia física, psicológica, sexual, simbólica y económica y patrimonial, que le pone letra al reclamo de igual salario por igual tarea”. Asimismo destacó la reglamentación sobre “violencia mediática”, al considerarla “una área inexplorada en Latinoamérica, en la que se puntualiza qué se entiende por imágenes y contenidos que vulneran la dignidad de las mujeres e incurren en violencia”, y las sanciones frente a ese tipo de violencia serán coordinadas con la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, creada por la nueva ley de medios.


jueves, 10 de junio de 2010

JUNIO - LUCHA CONTRA LA PEDOFILIA

JUNIO - MES DE LUCHA CONTRA LA PEDOFILIA

24 DE JUNIO - DIA DEL ORGULLO PEDOFILO.


El dia 24 de junio es el dia del orgullo pedofilo mundial donde se
mantienen relaciones sexuales con niños y se suben a la web para que
los otros pedofilos los vean.

El año pasado nos llego una denuncia con un video de una niña de Aruba
donde la niña era abusada por varias personas. Ese video hoy en dia se
encuentra en investigacion en Estados Unidos con el FBI.

Es de publico conocimiento que la web esta llena de comentarios,
imagenes, videos y contenido pedofilo y los buscadores dicen no
contener personal humano a lo que voluntarios de Alerta Vida Ong han
contestado que si no cuentan con personal deberian borrar el buscador.
Lo que estan cometiendo es un delito. Los buscadores permiten la
pedofilia.

Las webs pedofilas se encuentran con "boylover", "girllover",
"babylover", "childlover", etc.

PROPONEMOS QUE SE UNAN A LA ELIMINACION DE LAS WEBS PEDOFILAS.

ROGAMOS TU ADHESION.


PARA ELIMINAR WEBS PEDOFILAS:
http://www.pedofilia-no.org/

http://www.ic3.gov/default.aspx

http://www.childcybersearch.org/porn.shtml

http://www.asociacion-acpi.org

http://www.fbi.gov/innocent.htm

http://www.fbi.gov/kids/crimepre/internet/internet.htm
http://www.stop-childpornog.at

http://www.pointcontact.com

http://www.elamoresmasfuerte.com/

http://scp.webjump.com/index.htm

http://www.internetwatch.co.uk

http://www.stoppedofilia.com/actua.htm

http://www.icc-911.com